Remite unas líneas el barón del Real Derecho en
el reino del Maestrazgo, don Carlos Cerda Acevedo, desde la que fuera la
Capitanía General de Chile, al otro lado del mar.
Aborda la cuestión de las armas de la Corte
Suprema que atiende los asuntos de la justicia que se imparte a los súbditos de la reina de Inglaterra
en Canadá.
Estimado don José Juan:
Nuevamente le saludo y agradezco su feliz
regreso a la redacción dentro de la comunidad heráldica, por lo que me uno
públicamente a quienes ya han celebrado sus Crónicas.
El motivo de este mensaje es aportarle
información a su entrada de 23 de diciembre del año pasado, titulada “señales
heráldicas”, en la cual examina las armas de la Corte Federal de Canadá.
A fin de obtener mayores antecedentes sobre la
organización de este blasón institucional de derecho público, comencé a indagar
por la red hasta encontrar una nota publicada el 10 de abril de 2009 en el
semanario canadiense “The Lawyers Weekly”. En ella se hace una precisa
exposición de motivos, tanto de la organización del escudo como de sus adornos
exteriores.
Dicha nota explica que los soportes corresponden
a un “caribú marino alado”, figura quimérica compuesta por una cabeza de un
macho y una hembra de caribú –cuya diferencia sexual se representa en la
cornamenta–, las alas y las patas de cuervo, mientras que la cola es la del
salmón.
Según el juez de dicho Tribunal, James O’Reilly,
el así llamado "caribú marino alado" simboliza el poder del Tribunal
con respecto a las controversias que ocurran en tierra, mar y aire (pues su
competencia se extiende incluso a materias marítimas y aeronáuticas), amén que
dicha magistratura tiene la cualidad de ser itinerante.
Por su parte, el oro y el sable, como metales y
esmaltes, son una cita a los colores de la toga de los magistrados de dicho
Tribunal, mientras que los pergaminos simbolizan a los textos fundamentales del
Canadá, como su Constitución, su Carta de Derechos y Libertades, los Tratados
celebrados con los pueblos aborígenes, las leyes, los tratados internacionales
y la jurisprudencia, todos ellos unidos por una cuerda, significando que todas
estas fuentes formales del derecho canadiense son expresadas en las
resoluciones que dicta este Tribunal.
La nota completa puede leerse, en inglés, en
este vínculo:
Reitero a Vd. mi más atenta consideración y
enhorabuena por su regreso.
Carlos Cerda Acevedo